Terapias sin Fronteras: «Actúa»

Requisitos y Condiciones

Requisitos
  • Generales:

– Ser una familia, pareja e individuo de origen extranjero, migrante, solicitante de asilo o refugiado que se encuentren en una situación de vulnerabilidad social y cultural.
Específicos:

  • Familia:
    – Familias numerosas con uno o más miembros en situación de desempleo.
    – Familias dependientes con uno o más miembros a su cargo.
    – Familias monoparentales en situación de desempleo o exclusión social.
    – Familias con uno o más miembros con enfermedad psiquiátrica o trastorno psicológicos.
  • Pareja:
    – Parejas con uno o ambos miembros en situación de desempleo de larga duración sin prestaciones ni subsidio.
    – Parejas con uno o ambos miembros en situación de desempleo con hijos/as.
    – Pareja con uno de los miembros con dependencia.
    – Parejas con ambos miembros que están trabajando pero sus salarios están por debajo del sueldo mínimo interprofesional.
    – Parejas dónde uno de los miembros se encuentra en el país de origen y el otro en el país de acogida.
    – Parejas con uno de los miembros de la pareja con enfermedad psiquiátrica o trastorno psicológicos.
  • Individual:
    – Hombre o mujer en situación de desempleo que esté recibiendo la prestación para el desempleo o no perciba el subsidio.
    – Hombre o mujer que no esté recibiendo ninguna remuneración económica.
    – Hombre o mujer en una situación de exclusión social o cultural.
    – Hombre o mujer con alguna dependencia.
    – Hombre o mujer con enfermedad psiquiátrica o trastorno psicológicos.
    – Hombre o mujer que esté trabajando pero su salario esté por debajo del sueldo mínimo interprofesional.
Condiciones

1. En caso de no entrar en las competencias del programa, el paciente recibirá un asesoramiento de 1 sesión y la derivación a otras asociaciones o acceso a las promociones de terapia de TSF.

2. No presentarse a la primera cita será motivo de baja, sin justificación previa.

3. No se incluye en el Programa el servicio de realización de informes periciales.

4. La familia, pareja e individuo deberá presentar aquella documentación que certifique y justifique que no puede hacerse cargo del coste de un tratamiento psicológico.

5. Si la persona presenta 2 faltas injustificadas a valoración del equipo de la asociación, se excluirá del programa “Te Ayudamos” de Terapias sin Fronteras.

6. El paciente debe notificar su falta con 24 horas de antelación para que no sea tomada como una “falta injustificada”.

7. Al momento de firmar estas condiciones, el paciente, familia o pareja se compromete a cumplir con el programa y en caso de incumplimiento sin falta justificada, no podrá volver a recibir esta ayuda.

8. El programa “Te Ayudamos” de Terapias sin Fronteras cuanta con un número de plazas limitadas para las sesiones gratuitas, de cubrirse se procederá a evaluar la ampliación del programa.

9. De existir situaciones de riesgo que atenten contra la vida o integridad física o psicológica de cualquier miembro de las familias o pacientes se tomarán medidas pertinentes para prevenirlas.

10. Compromiso de informar, si cambia de condición laboral y el equipo evaluará los cambios de la situación.

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